Dos vías distintas para comunicar una infracción
El canal interno pertenece al Sistema Interno de Información de una organización y permite que esta conozca, investigue y corrija posibles irregularidades. El canal externo es gestionado por la AIPI o por la autoridad autonómica competente dentro de su ámbito.
La persona informante puede elegir la vía adecuada conforme a la Ley 2/2023. La existencia del canal externo no elimina la obligación de las entidades sujetas a la ley de disponer de un sistema interno propio.
Qué puede resolver el canal interno
Una comunicación interna permite acceder antes a documentos, equipos y responsables de la organización. Si el sistema inspira confianza, puede facilitar una investigación rápida, adoptar medidas de protección y corregir el problema antes de que aumente el daño.
Para ello no basta con publicar un enlace. El informante debe percibir independencia, confidencialidad, posibilidad de anonimato y ausencia de represalias. La organización necesita además un responsable capaz de actuar sin conflicto.
Qué función cumple el canal externo de la AIPI
La AIPI gestiona un canal externo para recibir informaciones dentro de su competencia, adoptar medidas de protección y, cuando proceda, desarrollar las actuaciones previstas legalmente. Las comunidades autónomas pueden contar con autoridades propias para determinados ámbitos.
El canal externo es especialmente relevante cuando la persona no confía en el tratamiento interno, teme represalias, entiende que existe un conflicto estructural o prefiere dirigirse directamente a una autoridad.
La empresa debe informar sobre ambas posibilidades
La política y la página de acceso al sistema interno deben explicar de forma clara cómo utilizar el canal y qué canales externos competentes existen. Ocultar la vía externa o presentar el canal interno como única opción perjudica la confianza y no responde al diseño de la ley.
La información debe ser comprensible para empleados, antiguos trabajadores, candidatos, proveedores y demás personas incluidas en el ámbito personal de protección.
- Acceso visible al canal interno.
- Explicación de comunicaciones escritas, verbales y anónimas.
- Referencia a la AIPI y autoridades autonómicas competentes.
- Información sobre confidencialidad y protección frente a represalias.
Cómo mejorar el canal interno para que se utilice
La confianza depende de decisiones concretas: acceso sencillo, lenguaje humano, independencia del responsable y respuestas dentro de plazo. Una demo pública también ayuda a que las personas entiendan qué ocurrirá antes de enviar información sensible.
La organización debe medir si el canal es conocido y accesible, no perseguir un número artificial de denuncias. Un canal sin comunicaciones puede reflejar ausencia de incidentes, desconocimiento o falta de confianza; hace falta contexto para interpretarlo.
Enlaces útiles
Dudas frecuentes
¿Es obligatorio utilizar primero el canal interno?
La persona informante puede acudir al canal externo competente conforme a la Ley 2/2023. La organización no debe presentar su vía interna como la única disponible.
¿El canal externo sustituye al canal de la empresa?
No. Las entidades obligadas deben mantener su Sistema Interno de Información aunque exista el canal externo de la AIPI o de una autoridad autonómica.
Qué hacer ahora
Si este artículo encaja con tu caso, el siguiente paso útil no es seguir acumulando teoría, sino validar el encaje operativo y elegir una vía clara para activar el canal.
Puedes revisar planes, configurar directamente tu canal o hablar con nosotros si prefieres aterrizar primero el caso concreto.